martes, 16 de abril de 2013

TUICO CON LOS BANDOS


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Bando. Santafé Septiembre 24 de 1810.

Disponible en el Archivo Histórico Restrepo. Fondo I: Revolución de la Nueva Granada, Quito y Venezuela. Volúmen 4: Revolución de Santa Fé y Nariño, 1800-1825. Rollo 3, folio 84.
"Deseando la Suprema Junta de ésta Capital dár un testimonio convincente de los sentimientos paternales que le animan para con todos los habitantes de éste Reyno, á quienes se estienda su influxo, y singularmente acia los Indios, antiguos naturales del Pais, que se han visto hasta aqui degradados, y sin representacion, desnudos de las prerrogativas de que gozan los demás individuos de su especie, negandoles hasta el derecho de la propiedad de las tierras que poseen, y de que son legitimos dueños; sugetos desde la Conquista a un pupilage vergonzoso que no les ha dexado desplegar los talentos de que estan dotados, como los demas hombres; grabados con la pension injusta, é ignominiosa de tributo, que los sugetaba á las vejaciones de los Asentistas, y Corregidores, con el fin de reparar en lo posible tan notorios agravios, ha resuelto"

 Bando de la Huerta de 1944 en Santo Domingo
Bando: Invitación que el gobierno de Cundinamarca autorizado por la serenissima Representación Nacional hace a las provincias de la Nueva Granada, Santafé, 6 de febrero de 1813. Antonio Nariño

Bando: Invitación que el gobierno de Cundinamarca autorizado por la serenissima Representación Nacional hace a las provincias de la Nueva Granada, Santafé, 6 de febrero de 1813. Antonio Nariño.

En la Imprenta del Estado, por el Ciudadano José Maria Rios.
Disponible en el Archivo Histórico Restrepo. Fondo I: Revolución de la Nueva Granada, Quito y Venezuela. Volúmen 4: Revolución de Santa Fé y Nariño, 1800-1825. Rollo 3, folios 281-281v.
"Pueblos de la Nueva Granada: ya habeis visto lo que debeis esperar del Supremo Congreso, de un Congreso formado con todos los vicios y caracteres del despotismo. No és su institucion la que nos ha causado tantos males, és el modo con que se ha constituido. Todo particular ó Corporacion que haga la ley y la execute, es un tirano. Esta es una verdad que mal aplicada nos la ha repetido el mismo Congreso; y él ha hecho la Acta de Federacion, la ha practicado y la ha interpretado á su voluntad: sin haberle dejado en su formacion un contrapeso, un freno que lo contenga quando quiera abusar, como lo ha hecho, de su ilimitada autoridad. Ha gritado contra la Dictadura de Cundinamarca, sin advertir la enorme diferencia que hay entre esta y la suya: la primera es una confianza temporal que públicamente hacen los Pueblos fiados en la moralidad de un Sugeto por evitar mayores males, ó por ocurrir á un peligro momentáneo, como lo han hecho con buen suceso las Republicas antiguas y modernas, y con el derecho de suspenderla el dia que lo tubieren por conveniente; la segunda es una tirania autorizada por la ley, sin ningun freno, sin ninguna esperanza de verla terminar sino con las lagrimas, y la sangre de los Pueblos.
El vicio viene desde su origen: los primeros Diputados no debieron venir á formar el Congreso por ellos mismos; debieron venir como Electores Constituyentes á formar lo que verdaderamente se llama una Convencion. Si ellos hubieran formado la Acta de Federacion, no para gobernar, sino para que los gobernaran otros, la Acta contendría otros artículos como se ve en todas las Constituciones que han hecho los Colegios Constituyentes para que otros las executen.
Las escandalosas guerras civiles en que nos ha envuelto este Cuerpo Soberano, que se creia la tabla del naufragio, son una prueba de esta verdad".

 
 
 
 

 

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